Edificio Prales Oficina 710-D
09:00 a 19:30 Hrs
+569 8925 5950
Inicio Areas de Practica Derecho Laboral Reclamaciones Multas Inspeccion Del Trabajo

Reclamación de multas de la Inspección del Trabajo

Recibir una resolución de multa de la Dirección del Trabajo no significa, automáticamente, que solo quede pagar. En muchos casos, la empresa todavía puede revisar la legalidad de la sanción, corregir la infracción y definir si conviene una reclamación judicial o un recurso administrativo. Lo importante es actuar a tiempo, porque los plazos son breves y empiezan a correr desde la notificación de la resolución.

15 días hábiles — Vía judicial 30 días hábiles — Vía administrativa

Resumen rápido

Sanción administrativa

Una multa de la Inspección del Trabajo es una sanción administrativa aplicada por un fiscalizador.

Artículo 503

El artículo 503 del Código del Trabajo regula la reclamación judicial de la multa.

Plazo judicial

La vía judicial tiene un plazo breve: 15 días hábiles desde la notificación.

Artículo 511

La vía administrativa del artículo 511 permite pedir que la multa se deje sin efecto o se rebaje.

Plazo administrativo

La reconsideración administrativa debe presentarse dentro de 30 días hábiles administrativos.

Notificación electrónica

La fecha de notificación importa mucho, porque incluso el correo electrónico registrado en la DT produce efectos legales.

Qué significa recibir una multa

Las multas de la Inspección del Trabajo suelen originarse en fiscalizaciones, comparendos o revisiones documentales. Jurídicamente, el artículo 503 del Código del Trabajo establece que estas sanciones se aplican administrativamente y que los funcionarios actúan como ministros de fe, por lo que la estrategia de defensa debe construirse con documentos, plazos y una revisión técnica del caso.

Empresa revisando resolución de multa laboral de la DT

Cómo apelar una multa de la Inspección del Trabajo

Reclamación judicial

Plazo: 15 días hábiles

La reclamación judicial de multa de la Inspección del Trabajo procede ante el Juzgado de Letras del Trabajo. El plazo es de 15 días hábiles contados desde la notificación, y la normativa contempla la consignación previa de la tercera parte de la multa para reclamar. Esta vía suele ser relevante cuando existe una discusión de fondo, un error relevante en la fiscalización o una defensa probatoria más robusta.

Reconsideración administrativa

Plazo: 30 días hábiles administrativos

El artículo 511 permite pedir a la propia DT que revise la sanción, siempre que no se haya reclamado judicialmente ni se haya agotado otra vía incompatible. Esta alternativa puede servir para dejar sin efecto la multa cuando hay un error de hecho manifiesto, o para rebajarla cuando la empresa logra acreditar la corrección íntegra de la infracción. El plazo de 30 días hábiles administrativos corre desde la notificación de la resolución.

Sustitución por programa de capacitación o PAC

Hasta 49 trabajadores

Si se trata de una empresa con hasta 49 trabajadores, puede existir además la posibilidad de solicitar sustitución de multa. En infracciones laborales o previsionales, esto puede operar mediante programa de capacitación; y en materias de seguridad y salud, mediante Programa de Asistencia al Cumplimiento (PAC), según el tipo de infracción.

Empresa revisando resolución de multa laboral de la Inspección del Trabajo
Guía práctica

Qué revisar apenas llega la notificación

  • 1

    Confirmar la fecha exacta de notificación de la resolución.

  • 2

    Revisar si la citación o comunicación llegó al correo registrado en la DT, porque ese medio hoy produce efecto legal.

  • 3

    Identificar el hecho infraccional, la norma invocada y la evidencia disponible.

  • 4

    Definir si la presentación la hará directamente la empresa o su representante legal.

  • 5

    Reunir de inmediato contratos, anexos, registros, liquidaciones, cotizaciones y respaldos de corrección.

Cómo ayuda A&M Abogados

Abogado revisando resolución de multa con cliente empresa

En A&M Abogados apoyamos a empresas de la Región de Los Ríos que necesitan responder con rapidez y criterio frente a multas de la Inspección del Trabajo. Revisamos la resolución, evaluamos si conviene reclamo judicial, recurso administrativo o sustitución, y ordenamos los antecedentes para presentar una defensa clara, seria y dentro de plazo.

Si tu empresa fue notificada, completar el formulario de contacto a tiempo puede marcar la diferencia entre reaccionar bien o perder una oportunidad de defensa.

Revisamos la resolución
Evaluamos la vía correcta
Ordenamos la defensa

Preguntas frecuentes

Depende del caso. Puede existir reclamación judicial o reconsideración administrativa, y la elección debe hacerse dentro de plazo.

Regula la aplicación administrativa de estas sanciones y la posibilidad de reclamarlas judicialmente.

Permite pedir que la multa se deje sin efecto por error de hecho o que se rebaje si se acredita la corrección.

No: lo relevante es la notificación de la resolución de multa conforme a las reglas legales aplicables.

Sí, la DT contempla la presentación por persona jurídica a través de su representante legal.

Sí, la incomparecencia injustificada a una citación puede generar sanción, y hoy las citaciones pueden practicarse por medios electrónicos registrados.

No. Esta información sirve como orientación general; la estrategia debe revisarse según la resolución y los antecedentes de la empresa.

Actúa dentro de plazo

Vía judicial: 15 días hábiles.  |  Vía administrativa: 30 días hábiles administrativos.

Si tu empresa fue notificada, completar el formulario de contacto a tiempo puede marcar la diferencia entre reaccionar bien o perder una oportunidad de defensa.

¿Estás buscando asesoría legal experta? Contáctanos.

Ubicación

Edificio Prales Oficina 710-D

  • Lunes A Viernes: 09:00 a 19:30

Detalles de contacto

+569 8925 5950

contacto@aymabogado.cl

Cargando...

Nos encargaremos desde acá.

+569 8925 5950 contacto@aymabogado.cl