Si tu empleador dejó de pagar cotizaciones, incumplió condiciones esenciales de tu contrato o te expuso a acoso laboral, no siempre la salida correcta es renunciar. En Chile existe el despido indirecto, también llamado autodespido, que permite al trabajador poner término al contrato y demandar indemnizaciones cuando el incumplimiento del empleador es grave. Está regulado en el artículo 171 del Código del Trabajo.
El autodespido laboral no es una renuncia: es una vía legal para terminar el contrato cuando el empleador incurre en causales graves.
Las causales más habituales son acoso laboral o sexual, actos que afecten seguridad y salud, y el incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, como no pagar remuneraciones o cotizaciones.
Debe comunicarse por escrito al empleador, con copia a la Inspección del Trabajo.
La demanda se presenta dentro de 60 días hábiles desde el término de los servicios.
Si el tribunal acoge la acción, puede ordenar el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo y la indemnización por años de servicio, con recargos legales según la causal.
Si el caso se rechaza, el término del contrato se entiende como renuncia.
Contenido informativo. No reemplaza una revisión legal del caso concreto.
El despido indirecto en Chile consiste en que el trabajador pone término a la relación laboral porque el empleador incurrió en una falta suficientemente grave. En otras palabras, la ley reconoce que hay situaciones en que seguir trabajando deja de ser razonable o seguro, y permite salir de esa relación sin perder, en principio, el derecho a reclamar indemnizaciones.
La diferencia clave con la renuncia: en la renuncia el trabajador se va sin pedir estas indemnizaciones; en el autodespido, la base es que el incumplimiento es imputable al empleador.
Entre las causales de autodespido están:
La Dirección del Trabajo identifica tres grandes categorías: conductas graves del empleador, actos u omisiones que afecten seguridad o salud, e incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
Si trabajas en Valdivia o en la Región de Los Ríos y estás pensando en “dar un paso al costado”, conviene revisar primero si lo que estás viviendo es jurídicamente un autodespido y no una simple renuncia. Ese análisis puede cambiar por completo tu estrategia y tus derechos.
¿Listo para el siguiente paso?
Haz clic aquíPrimero, hay que revisar bien la causal y reunir respaldo. Después, se comunica por escrito al empleador el término del contrato, indicando la causal legal y los hechos concretos en que se funda, con copia a la Inspección del Trabajo.
Plazo clave: La ley exige que esos avisos se den en la forma y oportunidad del artículo 162, y la Dirección del Trabajo señala que la demanda debe interponerse dentro de 60 días hábiles desde la terminación de los servicios.
No basta con decir “me voy por maltrato” o “porque no me pagaron”. Debe exponer hechos específicos, fechas, incumplimientos y la causal correcta.
Por eso, antes de enviarla, conviene revisar la estrategia, porque una acción mal planteada puede debilitar seriamente el caso.
Plazo para demandar (orientativo): La demanda por autodespido debe interponerse dentro de 60 días hábiles desde la terminación de los servicios.
(El cómputo exacto puede variar según el tipo de caso y si hubo gestión administrativa previa. Lo revisamos contigo.)
Si la demanda es acogida, el tribunal puede ordenar el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo y la indemnización por años de servicio, con un aumento legal que varía según la causal: 50% en el caso del incumplimiento grave de las obligaciones del contrato y hasta 80% en las causales más graves de los números 1 y 5 del artículo 160. En ciertos casos, además, pueden existir otras acciones complementarias que deben evaluarse según los hechos.
También hay que decirlo con claridad: el autodespido no es un trámite automático. Si el tribunal rechaza la demanda, el contrato se entiende terminado por renuncia del trabajador. Por eso no conviene actuar apurado ni copiar modelos genéricos sin revisar si realmente encajan con tu situación.
Depende del caso, pero suelen servir:
En materias de acoso, la Ley Karin reforzó el deber de prevención, denuncia e investigación en el trabajo, lo que también puede ser relevante al momento de analizar incumplimientos y resguardos omitidos por la empresa.
Si estás evaluando un despido indirecto o autodespido en Valdivia o la Región de Los Ríos, en A&M Abogados podemos revisar tus antecedentes, ayudarte a entender si existe una causal viable y orientarte sobre los pasos a seguir. Completa el formulario o llámanos para evaluar tu situación con mayor claridad.
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